Condenaron a dos policías por vejaciones en Gastre

28 - febrero - 2019

 Los policías Ezequiel Lorenzo Huincalef y Fabio Emanuel Pailacura fueron condenados en primera instancia por el delito de vejaciones cometidas en la localidad de Gastre, lugar donde se realizó el juicio oral y público.

Los fiscales Jorge Bugueño e Ivana Berazategui acusaron a los policías por dos hechos. El 20 de septiembre de 2016, Roberto Aviles estaba comprando cuando Emanuel Pailacura, empleado policial, le comienza a recriminar que su auto se encontraba mal estacionado. Comienza una discusión verbal y Pailacura lo golpea.

El otro hecho ocurrió el 30 de septiembre y resultó víctima el viceintendente de la localidad de la meseta, Pablo Cáceres, quienes fue agredido por los policías Emanuel Pailacura y Ezequiel Huincalef. Además, en el hospital rural, donde estaban siendo atendidos Caceres y un amigo luego de haber sido golpeados, los incitaron a pelear afuera del lugar. Luego los trasladaron a la comisaría, donde los siguieron golpeando mientras lo amenazaron que “lo iban a cagar matando” y les tiraron gas pimienta.

La jueza Marcela Pérez dispuso la pena de un año de prisión en suspenso, inhabilitación especial por el doble de tiempo y costas para Huincalef por las lesiones que le provocó a Pablo Cáceres; mientras que para Pailacura la pena fue de un año y seis meses de prisión en suspenso, inhabilitación especial por el doble de tiempo y costas por las lesiones a Roberto Aviles.

¿Qué dice la ley?

El artículo 144 bis del Código Penal reprime con prisión de uno a cinco años e inhabilitación especial por el doble de tiempo al funcionario público que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contras las personas o les aplicare apremios ilegales. También reprime el funcionario que impusiere a los presos severidades, vejaciones o apremios.

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