La jueza Reyes afirmó que a Córdoba se le otorgó prisión domiciliaria por un “problema de salud”

8 - septiembre - 2018

Luego de la trascendencia nacional que tuvo el caso del detenido que se le otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria debido a que tenía una constipación intestinal y necesitaba realizarse enemas, tras lo cual se fugó la jueza Patricia Reyes dio su aclaración al respecto. La magistrada aclaró que “el detenido siempre estuvo preso” detallando que “es responsabilidad de los jueces la atención de las cuestiones de salud, mal que le pese a la gente son personas con derechos y están amparados por todos los DDHH,  la legislación vigente y el plexo constitucional que obliga a todos los jueces y que deben cumplir y hacer cumplir”.

En su fundamentación remarcó que “el imputado P.M.C. se encuentra sometido a proceso y con prisión preventiva en el marco de la Carpeta 8098 OFIJUD Pto. Madryn, bajo responsabilidad de la Jueza interviniente”.

Asimismo, detalló que “en fecha 24 de agosto, en audiencia de revisión de medida de coerción, se dispuso que continúe bajo prisión preventiva mutando el lugar de alojamiento en virtud de un problema de salud derivado de una intervención quirúrgica del mes de mayo por otro hecho en el que se encontró involucrado”.

En tal sentido, Reyes explicó que “siendo que las dependencias policiales donde debe cumplirse las detenciones no  cumplen con los requisitos  para asegurar la atención y la asepsia necesaria en casos de salud, y no contar con baño privado, es que se dispuso el traslado al Hospital Local para su atención médica y posterior traslado al domicilio donde cumpliría la prisión domiciliaria”.

Otro de los aspectos que fueron recalcados por la jueza fue que “para tomar la decisión judicial se valoraron los elementos colectados por el Ministerio Público Fiscal en el transcurso de la investigación, los que fueron atacados por la Defensa Publica por insuficientes para fundar la petición de Prisión preventiva”.

Asimismo, desmintió que la resolución haya sido “tomada en el marco de un Habeas Corpus, ni contra la indicación de los médicos forenses (que no tuvieron ninguna intervención)” sino que “ fue como resultado de la revisión de prisión y desde el día que así se dispuso el Ministerio Público Fiscal no impugno, ni intento ningún remedio procesal para revisar tal decisión, por lo que la decisión quedo firme y consentida”.

Por último, Reyes sostuvo que “el detenido P.M.C. se fugó el día 4 de septiembre, a las 14.20, y no a pocas horas de la decisión jurisdiccional” añadiendo que ello fue advertido “al realizarse los rondines aleatorios por personal policial”.

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