Mercado inmobiliario de Puerto Madryn libre de franquicias: Se sancionó la ordenanza N° 14.195 que prohíbe la instalación de franquicias, licencias y/o marcas

20 - abril - 2025

Tras la inquietud planteada por el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincial del Chubut que ha advertido la llegada a distintas localidades de la provincia de firmas que, bajo la modalidad de “Franquicias”, “Licencias” o” Marcas”, el Concejo Deliberante aprobó días atrás la Ordenanza N° 14.195 que prohíbe el desarrollo en Puerto Madryn de franquicias, licencias y/o marcas del tipo “Remax” en la ciudad.

En la presentación, los referentes de las inmobiliarias de la ciudad destacaban que estas franquicias o marcas ofrecen y/o desarrollan actividad de intermediación inmobiliaria -específica del Corredor Público facilitando, procurando y promoviendo la realización de actos propios de dicha profesión por parte de personas no habilitadas legalmente para ejercer tales funciones en violación a lo establecido en la ley IV N° 16 del Chubut.

En su artículo primero, la ordenanza local prohíbe la actividad comercial de oficinas inmobiliarias bajo el nombre de fantasía y/o representación de “franquicias”, “licencias” o “marcas”, servicios complementarios a inmobiliarias y/o corredores inmobiliarios, oficinas que usan o quieran usar la marca de una franquicia y/o que se quieran adherir a ese tipo de red.

Es importante destacar, además que, en efecto, la ley provincia IV N° 16 que regula la profesión del Corretaje Inmobiliario en la Provincia del Chubut y, a su vez, crea el Colegio Público de Corredores al cual le otorga el gobierno de la matrícula, establece que el corretaje solo podrá ser ejercido en la provincia por quienes se encuentren debidamente matriculados ante dicho Colegio (art. 2), y que para ello, es necesario contar con un título universitario habilitante, entre otros requisitos (art. 3).

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