Nación dejó sin efecto la eliminación de los beneficios de las asignaciones familiares para la Patagonia

11 - septiembre - 2018

En el boletín oficial el gobierno nacional publicó el decreto 816/18 que derogó la vigencia del decreto 702/18 que avanzaba sobre las asignaciones familiares en la región patagónica y en noroeste del país.  La publicación consta de cuatro artículos donde se expresa que “Déjase sin efecto la derogación prevista en el artículo 10º del Decreto Nº 702/18”. Asimismo, se insta en el artículo 2° a “restitúyese la plena vigencia de los artículos 8° y 9° del Decreto N° 1245/96 y sus modificatorios”, en tanto que el artículo 3° indica que “los rangos, topes, montos y zonas diferenciales de las Asignaciones Familiares contempladas en la Ley N° 24.714, sus complementarias y modificatorias, serán los que surgen de la Resolución Nº RESOL-2018- 125-ANSES-ANSES”.

En los fundamentos de la medida, el gobierno nacional sostiene que “a través de la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias, se instituyó, con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional; para los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y de la Prestación por Desempleo; para aquellas personas inscriptas y con aportes realizados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), establecido por la Ley N° 24.977 sus complementarias y modificatorias; para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios del régimen de pensiones no contributivas por invalidez, y para la Pensión Universal para el Adulto Mayor; como así también para los beneficiarios de la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación Universal por Hijo para Protección Social”.

Además, se indica que “el Decreto Nº 1245/96 estableció, entre otras cuestiones, los montos de las Asignaciones
Familiares tanto de los beneficiarios del ex Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (hoy SIPA) que residan
en las provincias de Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur,
como así también de los trabajadores que desempeñan actividades en relación de dependencia en las provincias
o localidades que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 24.714”.

Asimismo, se recuerda que “el Decreto Nº 702/18, en uso de las competencias previstas en el artículo 19 de la Ley Nº 24.714, sus complementarias y modificatorias, dispuso diversas medidas reglamentarias relativas al Régimen de Asignaciones Familiares”. En el mismo, “se fijaron nuevas zonas diferenciales con el objeto de equiparar, con un criterio uniforme, los beneficios asignados a las distintas jurisdicciones” aunque se indica que “con motivo de diversos planteos y observaciones provenientes de sectores de la sociedad se impuso -previo a su implementación- la necesidad de efectuar un pormenorizado análisis de la cuestión”.

Esto motivo que “a través del Decreto Nº 723/18, se suspendió, por el plazo de 30 días, la aplicación de
las modificaciones sobre las zonas diferenciales que regulan el pago de montos especiales de asignaciones familiares”. Tras la evaluación realizada se procedió a su derogación retrotrayendo el estado de situación que no implicará cambios en los montos de las asignaciones familiares.

 

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