STIA cerró con CAPIP el nuevo acuerdo salarial

29 - junio - 2024

Luego de varios intercambios formales, en la última audiencia de partes, el Secretario General del S.T.I.A, compañero Luis Núñez, y el Secretario Gremial José D{iaz, rubricaron con los representantes de la CAP.I.P, la recomposición salarial para el periodo 2024/2025 con las siguientes pautas:

A partir del 1 de junio, las empresas deben liquidar el nuevo valor básico que resultó de la aplicación de la inflación acumulada del periodo junio de 2023 a mayo de 2024.  Para el periodo junio de 2024 a junio de 2025, se acordó pagar sobre los montos básicos, en concepto no remunerativo, desde junio a septiembre 180 mil pesos , 90 mil por quincena.

En el período octubre y noviembre la suma asciende a 260 mil pesos  o 130 mil pesos por quincena. Desde diciembre a mayo la suma asciende a 360 mil pesos o 180 mil pesos por quincena.

Para  trabajadoras y trabajadores administrativos y mensuales las suma desde diciembre será de 380 mil pesos.

APLICACIÓN EN HORAS:

Los trabajadores y trabajadoras que fueran contratados en carácter eventual, recibirán la suma de pesos mil veintidós ($1.022) por día efectivamente trabajado.

APLICACIÓN AL BÁSICO

Las partes convinieron transformar progresivamente en remunerativo, e incorporar a la hora básica y al factor de producción las sumas referidas:

A partir de enero, pesos cien mil ($100.00)

A partir de febrero, pesos doscientos mil ($210.000)

Desde el mes de marzo pesos trescientos sesenta mil ($360.000). Para mensualizados y administrativos pesos trescientos ochenta mil ($380.000).

BONO

El 20 de diciembre del 2024 se liquidará pesos ciento noventa mil ($190.000) y conjuntamente con la primera quincena de marzo del 2025, o en su defecto con los haberes mensuales del mismo mes, se liquidarán pesos doscientos mil ($200.000).

CLÁUSULA DE REVISIÓN

El S.T.I.A y la C.A.P.I.P. fijaron la revisión del presente acuerdo en diciembre del 2024, marzo y mayo del 2025. De este modo las partes se obligaron a mantener actualizado los precios de las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras de la actividad en tres oportunidades distintas.

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