Patricia Reyes: “La perspectiva de género parece no llegar nunca a los tribunales”

9 - junio - 2020

A la espera de la resolución del Juez Di Biase que convalide o no el acuerdo entre Fiscalía y Defensa de los imputados por abuso sexual en la causa #LaManadaDeChubut, las voces se siguen alzando para echar un poco de luz en tanta tiniebla. En Puerto Madryn, la Jueza Penal Patricia Reyes, que es referente de AMJA Chubut e integrante de la Asociación Mujeres Juezas Argentina, mantuvo un mano a mano con NoticiasPMY que permite aclarar distintas cuestiones que indignaron y siguen indignando a la sociedad sobre el caso de la joven de Puerto Madryn que fue violada en 2012 en una casa de Playa Unión.

El fiscal del caso, Fernando Rivarola habló de “Desahogo Sexual” cuando presentó el acuerdo al que adhirió la víctima ante Defensores de los imputados. Al día siguiente confesó que es un término arcaico y que hay que desterrar de la justicia.

NoticiasPMY ¿Existe jurídicamente el término “Desahogo Sexual”? ¿Qué significado tiene jurídicamente hablando?

Patricia Reyes: El concepto  “desahogo sexual” proviene de una doctrina jurídica antigua, cuando los delitos sexuales eran referidos al “honor”. Cuando se hablaba de desahogo sexual se siguió la línea de la doctrina subjetivista, que “se sustenta en el hecho que el delito únicamente se tipifica cuando el autor se propone con su acto desahogar un apetito de lujuria” en palabras de Figari, entre otros autores como Soler.

La perspectiva de género parece no llegar nunca a los tribunales, y aquí corresponde remarcar la necesidad de capacitación en función de la vigente “Ley Micaela” que interpela a todos los poderes a trabajar en formación en género.

Quizá por ello, lamentablemente la Justicia todavía sigue citando autores que escribieron hace un siglo, y para otra sociedad y acá es donde debemos poner la atención.

NPMY Así como sucede con éste término, ¿Existen otras terminologías que deberían erradicarse de los procesos penales si se habla de Perspectiva de Género?

PR: En los tratados de derecho Penal de antaño existía el débito conyugal, los tocamientos inverecundos: manosear a alguien por un impulso sexual, y  el desahogo sexual: una forma de decir que los varones son seres incapaces de controlar sus instintos sexuales, incluso autores penalistas de renombren que explicaban que la mujer debía resistirse con todas sus fuerzas para que el hombre entendiera que no consentía el acto, entre muchos otros

Seria hipócrita de mi parte no aceptar que con esos libros estudiamos y aun hoy se enseña el derecho en la universidad y por ello se aplicó y aun se aplica lamentablemente, porque como dije seguimos apelando a la doctrina de autores que escribieron hace décadas y no solo no tenían perspectiva de género, sino que eran machistas inmersos en una sociedad patriarcal, sin olvidar por supuesto que el Derecho Penal en su conjunto es una creación patriarcal.

Pero si considero necesario remarcar una vez más que la sociedad toda debe deconstruirse, incluso claro está el Poder judicial, en ese entendimiento y en razón de mi constante capacitación y formación (porque esto debe ser de forma continua), y por ello estoy convencida que debe desterrarse la lengua patriarcal de la justicia argentina, y esa es mi lucha desde hace unos años, en la que no hay descanso.-

NPMY: El Fiscal Rivarola pidió disculpas por haber utilizado ese término y considera que debería erradicarse de la Justicia. ¿Cuál sería el término correcto para expresar lo que quiso señalar el fiscal?

Quiero aclarar que, si bien los miembros de la Magistratura gozamos como ciudadanos del derecho a la libertad de expresión, las manifestaciones públicas deben efectuarse en todo caso con prudencia y moderación, pues pueden ser negativas para la apariencia de imparcialidad del magistrada/o y, en definitiva, para la imagen de la Justicia

No me detendré en la causa en particular, ni los alcances de la pretendida solicitud del MPF, que vale aclarar esta prevista legalmente respecto al instituto del Juicio Abreviado y que corresponde a los actores de aquel proceso expedirse en el marco de sus competencias.-

Al describir el accionar de los autores a veces es inevitable utilizar términos jurídicos, el tema es qué intención se le quiso dar a los términos, cuando aún nadie conocía realmente lo que contenía el escrito, sacar frases de contexto siempre termina tergiversando la realidad.

Aquí es necesario interpelar a los medios de comunicación también a hacer una autocrítica de como comunican.

NPY: ¿Cómo podría ejemplificar términos o situaciones con y sin la Ley Micaela vigente en el Sistema Judicial para hacer notar la diferencia entre una justicia con perspectiva de género y una justicia sin perspectiva?

PR: Este es el problema central. Las feministas venimos insistiendo hace años en la revisión de la doctrina penal, en la necesidad de analizar todo el derecho con perspectiva de género.

Cabe aclarar que la figura penal actual del Código Penal no dice nada sobre las motivaciones subjetivas de quien realiza un acto de abuso. El Art. 119 dice que “el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza (…) o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Porque en la actualidad se pone el énfasis en el “consentimiento”.  Y no en las cuestiones subjetivistas del autor de la conducta. Y esto cambia el paradigma con más las últimas reformas legislativas que pone énfasis en la victima.

En muchos delitos debe cambiar la mirada, por ejemplo, el Femicidio, que antes era un crimen en emoción violenta o la desobediencia a una orden de restricción de acercamiento que muchos autores y operadores entienden que no configura delito, así podríamos seguir…

A modo de ejemplo En 2018 la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires en una sentencia por un hecho de abuso sexual hizo mención al término “desahogo sexual”, pero no es el único fallo donde las palabras sin perspectiva de género se multiplican lamentablemente hasta hoy.

El jurista Leandro Días dijo a través de twitter que “Ni la academia, ni la “justicia”, pueden seguir apoyándose en ideas jurídicas que, por un lado, están basadas en leyes derogadas y, por otro, representaciones de moral sexual ajenas a las actuales (y, además, objetivamente equivocadas, incluso aberrantes)” palabras que comparto ampliamente. –

Pero quiero ser positiva y decir que desde el Ni Una Menos, de la Ley Micaela y del debate sobre el aborto legal la perspectiva feminista está instalada en la agenda pública, y nos hace ver que no se puede evitar el tema, y por ello vislumbro una luz de esperanza y hago votos para que la justicia tenga cambios positivos en pos de una mejor administración de justicia que luche por la igualdad real de los seres humanos sin distinción.

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