En comercios y en el transporte en taxis es obligatorio el uso de tapabocas

25 - abril - 2020

En el marco de la ordenanza aprobada por los concejales donde se establecen los diferentes protocolos para distintas actividades se estableció la “obligatoriedad del uso de tapabocas y la provisión de alcohol en gel en los comercios habilitados al público, tanto para el personal del mismo como para el público que asista”. La medida es extensiva a los conductores de taxis y remises que desde este sábado están trabajando con esta medida preventiva.

El cumplimiento de la utilización del tapabocas y la presencia de alcohol en gel en los comercio es “responsabilidad del comerciante” advirtiéndose la aplicación de las sanciones”.  En los locales comerciales “se establece que la primera hora de atención en los comercios será exclusivamente para las personas incluidas dentro de lo que se denomina grupo de riesgo, los que acreditarán tal condición de la siguiente manera: los mayores de 60 años con el DNI y el resto con Certificado Médico”.

Por otra parte, el ejecutivo municipal tiene la factultad de  “establecer y acordar con los titulares de los sistemas de transporte público y privado medidas sanitarias en relación a horarios, recorridos, capacidad, elementos de protección y medidas de comunicación a los pasajeros”.

Asimismo, “se establece para todos los sistemas de transporte público y privado la obligatoriedad del uso del tapabocas tanto para los conductores como para los pasajeros, con observancia al Protocolo para Transporte de Pasajeros”.

En lo relacionado al transporte de pasajeros se estableció que “tanto el pasajero como el chofer deberán procurar desinfectar las manos antes de ingresar al vehículo con solución de alcohol al 70%”. Asimismo, se recomienda “mantener el vehículo ventilado permanentemente”, en tanto que “el pago que sea los más rápido posible. Optar por medios de pago electrónico. Si no, tener el dinero justo y evitar el intercambio de billetes”.

 

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